Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15383-196-09

N° Receptoría:

Fecha: 2009-11-02

Carátula: ROCHA NORBERTO / FUNDACION PROYECTO ANDINO S/ SUMARISIMO

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15383-196-09

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 02 DE NOVIEMBRE DE 2009

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “ROCHA Norberto c/

FUNDACION PROYECTO ANDINO s/ SUMARISIMO”, expte. nro.

15383-196-2009 (reg.cám), luego de haberse impuesto

individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi,

Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la

temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la

Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que se hubo requerido a la instancia de origen

las grabaciones de las audiencias y se han remitido dos

CD que contienen las declaraciones de Diana Garrafa y la

confesional de actor y demandada (nº 1), y en el nº 2 la

declaración de Vilosio.

Que, según la expresión de agravios, se ha

tomado declaración a dos testigos -Mirta Rodriguez y

Nélida Villalonga- y no contamos con la grabación

correspondiente. Por lo cual, como medida para mejor

proveer y con interrupción del plazo para fallar, deberá

requerírselas a la instancia de origen.-

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL,

COMERCIAL Y DE MINERIA;

RESUELVE:

1ro.) Requerir la grabación referida a la

instancia de origen. Interrúmpase el plazo para fallar.-

2do.) Notificar, registrar y protocolizar lo

aquí decidido, disponiendo que oportunamente se practique

nuevo cómputo de plazos.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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