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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0861/2009
Fecha: 2009-10-28
Carátula: BANCO SANTANDER RIO S.A. C/ GETTE ANDREA VALERIA S/ SECUESTRO PRENDARIO
Descripción: INICIA SECUESTRO PRENDARIO
EXPTE. Nº 0861/2009
CARATULA: BANCO SANTANDER RIO S.A. C/ GETTE ANDREA VALERIA S/ SECUESTRO PRENDARIO
Viedma, octubre de 2009.-
Por presentados, parte en el carácter invocado y con domicilio constituido. Agréguese la documental acompañada y resérvese la original en Secretaría.-
Atento lo peticionado, teniendo en cuenta la documentación presentada y lo dispuesto por el art. 39 de la Ley 12.962, líbrese mandamiento de secuestro sobre el automotor dominio GGB 195 marca FIAT, Modelo IDEA ADVENTURE 1.8, contra la ejecutada en el domicilio denunciado en el escrito de demanda y/o donde se encontrare, por intermedio del Sr. Oficial de Justicia. Autorízase a diligenciar el mismo al Dr. Alejandro Gaspar Platino y/o quienes designe, encontrándose ampliamente facultados para solicitar el auxilio de la fuerza pública, denunciar domicilios y toda otra medida que sea necesaria para el cumplimiento de la diligencia ordenada, habilitándose a tal efecto días y horas inhábiles.-
Asimismo y sin perjuicio de lo ordenado precedentemente, líbrense oficios a la Policía de la Provincia de Rio Negro y Gendarmería Nacional, para que secuestren el automotor si el mismo es encontrado por tales organismos en la vía pública y/o en el domicilio denunciado, haciéndoles saber que en caso de proceder al secuestro, deberá ponerlo a diposición de las personas propuestas.-
s.b.s.
Rosana Calvetti
Juez
NOTA: De haberse reservado la documentación original en Secretaría bajo el Nº B-31/09. Conste.-
SECRETARIA, octubre de 2009.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro