include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15154-130-07
Fecha: 2009-10-28
Carátula: ARRIEGADA ADRIAN ALEJANDRO / MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ DAÑOS Y PERJUICIOS
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:15154-130-07
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 28 DE OCTUBRE DE 2009
VISTOS: Los autos caratulados: “ARRIEGADA Adrian
Alejandro c/MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE s/ DAÑOS y
PERJUICIOS”, expte. nro. 15154-130-2007 (reg.cám), luego
de haberse impuesto individualmente de la causa los dres.
Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos
Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de
todo lo cual certifica la Actuaria-;
Y CONSIDERANDO:
Que resulta imprescindible tener a la vista una
copia auténtica de la Resolución 597-I-05 de la
Municipalidad de San Carlos de Bariloche, mencionada en
la sentencia y en el escrito recursivo.
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y
COMERCIAL;
RESUELVE:
1ro.) requerir la remisión de una copia
auténtica de la Resolución 597-I-05 de la Municipalidad
de San Carlos de Bariloche; a cuyo fin, ofíciese.
Confección y diligenciamiento del oficio, a cargo de
cualesquiera de las partes.
2do.) Notificar, registrar y protocolizar lo
aquí decidido, disponiendo que oportunamente se practique
nuevo cómputo de plazos para fallar.-
c.t.
Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro