Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0619/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-10-27

Carátula: BANCO SANTANDER RIO S.A. C/ URRUTIA VELIA GRACIELA S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO

EXPTE. No.: 0619/2009

CARATULA:BANCO SANTANDER RIO S.A. C/ URRUTIA VELIA GRACIELA S/ EJECUTIVO

Viedma, octubre de 2009.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada sra. VELIA GRACIELA URRUTIA, como empleada del Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 29.298,85 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 2.930 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro