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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36825
Fecha: 2005-11-01
Carátula: Tarjeta AUTOMATICA S.A. C/KALASNICOI Daniel Adrián S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena oficio.-
//neral Roca, 01 de Noviembre de 2005.-
Téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre las sumas que tenga a percibir el demandado en los autos mencionados a cuyo efecto y para su toma de razón librese oficio a la Cámara del Trabajo con asiento en esta ciudad, haciendose efectiva la medida por la suma de $ l07,86 (planilla aprobada a fs.40) con más la suma de $ 100 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser transferidos al BANCO PATAGONIA S.A. sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro