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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39587
Fecha: 2009-10-26
Carátula: PAPELES S.A. c/ACKERMANN Carla Virginia y Vicenty Horacio S/ Ejecutivo
Descripción: a Caja Forense//regula honorarios
General Roca, 26 de octubre de 2009.-s
Proveyendo a fs. 22: De los depósitos acompañados vista a Caja Forense.-
Téngase presente lo manifestado y regulo por su actuación, los honorarios del Dr. Jesús Pablo Maida en la suma de $400.- y los del Dr, Rodolfo Daniel Alonso en $400.- (M.B. $ 8.000)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.-
Proveyendo a fs. 23: Téngase presente el desistimiento formulado respecto de Horacio Anibal Vicenty.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro