Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0369/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-10-23

Carátula: SARTORI MARCELO Y OTROS S/ AMPARO

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA

C E D U L A

Señor: MARCELO SARTORI, RUBEN PINO, CARLOS NOVOA, JULIO ALCALDE, MARCELA GRECO, STELLA CORREA, MARCELO HERNANDEZ, JOSE MARIA CLEMANT - Dra. Schiavone

Domicilio: SAAVEDRA 728 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SARTORI MARCELO Y OTROS S/ AMPARO", Expte. Nº 0369/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, octubre 21 de 2.009.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- No hacer lugar a la acción de amparo interpuesta por los Sres. Marcelo Sartori, Rubén Pino, Carlos Novoa, Julio Alcalde, Marcela Greco, Stella Correa, Marcelo Hernandez y José María Clemant, con costas.-II.- Regular los honorarios de la Dra. Ana Soledad Schiavone en la suma de $ 900 (10 jus) conf. art. 37 L.A. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-III.- Regístrese, notifíquese y archívese.-Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, octubre de 2.009.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro