Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39703

N° Receptoría:

Fecha: 2009-10-22

Carátula: ZIGMA S.A. S/ Cancelación de Cheque

Descripción: previo

General Roca, 22 de octubre de 2009.-s

Por presentado en los términos del art. 48 del C.P.C. y constituido domicilio.-

Hágase saber al presentante que el poder acompañado, es un poder especial para querellar y no poder general judicial.-

Atento la trascendencia del acto, previo a todo deberá prestar expresa conformidad con el presente trámite o bien acompañar poder suficiente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

oficio 1932 de plazo fijo

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Poder Judicial de Río Negro