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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39703
Fecha: 2009-10-22
Carátula: ZIGMA S.A. S/ Cancelación de Cheque
Descripción: previo
General Roca, 22 de octubre de 2009.-s
Por presentado en los términos del art. 48 del C.P.C. y constituido domicilio.-
Hágase saber al presentante que el poder acompañado, es un poder especial para querellar y no poder general judicial.-
Atento la trascendencia del acto, previo a todo deberá prestar expresa conformidad con el presente trámite o bien acompañar poder suficiente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
oficio 1932 de plazo fijo
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Poder Judicial de Río Negro