include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0064/01/6CPA
Fecha: 2005-10-31
Carátula: IZQUIERDO MARIA TERESA Y OTROS C/ CLINICA VIEDMA S.A. Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: SE ORDENA OFICIO AL JUZGADO DE GARANTIA
EXPTE. Nº : 0064/01/6CPA.-
CARATULA: IZQUIERDO MARIA TERESA Y OTROS C/ CLINICA VIEDMA S.A. Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS).-
Viedma, octubre de 2005.-
Atento lo peticionado, constancias obrantes en la causa y a los fines de requerir el original de la historia clínica n° 26.871 del sr. Salvador Melis que obra en el Expte. n° 28.652/01, caratulado: "Melis Ana María s/ Denuncia", como asimismo para que proceda a la remisión de la mencionada causa, o en su defecto, indique el estado de la misma y en su caso, indique el lugar o dónde se encuentra, haciéndose saber que la mencionada causa fue remitida con fecha 07/02/05 por el Juzgado de Instrucción n° 2, Secretaría n° 4 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro con asiento en Viedma, ello de conformidad con lo informado por dicho organismo, a cuyo fin líbrese oficio al Juzgado de Garantía n° 1 del Departamento Judicial de Bahía Blanca.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro