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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15267-164-09
Fecha: 2009-10-21
Carátula: GOMEZ RAFAEL Y OTRA / DE RONCATI MIRTA S/ EJECUCION DE SENTENCIA
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:15267-164-09
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 15 DE OCTUBRE DE 2009
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “GOMEZ RAFAEL y OTRA
c/ DE RONCATI MIRTA s/ EJECUCION DE SENTENCIA”, expte.
nro. 15267-164-2009 (reg.cám), luego de haberse impuesto
individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi,
Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la
temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la
Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO:
Que resulta conveniente tener a la vista el
expediente de levantamiento de embargo sin tercería
mencionado a fs. 160 (expte. n° 29083-09), ad effectum
videndi et probandi.
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y
COMERCIAL;
RESUELVE:
1ro.) requerir la remisión de la causa mencionada en
los considerandos; a cuyo fin: ofíciese. Confección y
diligenciamiento del oficio respectivo, a cargo de la
parte recurrente.
2do.) Interin, interrumpir los plazos para fallar.
Oportunamente, practicar nuevo cómputo.-
3ro.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí
decidido.-
c.t.
Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro