Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15267-164-09

N° Receptoría:

Fecha: 2009-10-21

Carátula: GOMEZ RAFAEL Y OTRA / DE RONCATI MIRTA S/ EJECUCION DE SENTENCIA

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15267-164-09

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 15 DE OCTUBRE DE 2009

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “GOMEZ RAFAEL y OTRA

c/ DE RONCATI MIRTA s/ EJECUCION DE SENTENCIA”, expte.

nro. 15267-164-2009 (reg.cám), luego de haberse impuesto

individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi,

Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la

temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la

Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que resulta conveniente tener a la vista el

expediente de levantamiento de embargo sin tercería

mencionado a fs. 160 (expte. n° 29083-09), ad effectum

videndi et probandi.

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y

COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro.) requerir la remisión de la causa mencionada en

los considerandos; a cuyo fin: ofíciese. Confección y

diligenciamiento del oficio respectivo, a cargo de la

parte recurrente.

2do.) Interin, interrumpir los plazos para fallar.

Oportunamente, practicar nuevo cómputo.-

3ro.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí

decidido.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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