include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39550
Fecha: 2009-10-20
Carátula: ARBELOA Margarita S/ Sucesión
Descripción: declaratoria
General Roca, 20 de octubre de 2.009.-s
AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria en estos autos caratulados: “ARBELOA MARGARITA S/SUCESION” (EXPTE. N° 39550-III-09).-
CONSIDERANDO: Que se tramita el presente sucesorio por fallecimiento de Margarita Arbeloa, ocurrido el día 16 de diciembre de 2002 en General Roca, Río Negro, según constancia de fs. 4 .-
La causante era de estado civil casada con Marcelino Hernández acto celebrado el 14 de agosto de 1963 en Chichinales R. N. lo que se acredita con la constancia de fs.13.-
De dicha unión nacieron:
MARCELINO SEBASTIAN: Nacido el 17 de agosto de 1964 en General Roca Rio Negro, según constancia de fs. 6.-
MARTA EULOGIA: Nacida el 17 de diciembre de 1966 en General Roca, Río Negro constancia de fs.7.-
MIRTA ALICIA: Nacida el 14 de marzo de 1969 en General Roca, Río Negro constancia de fs.8.-
GABRIELA ANDREA: Nacida el 24 de septiembre de 1977 en General Roca, Río Negro, según constancia de fs. 9.-
VERONICA MABEL: Nacida el 5 de mayo de 1979 en General Roca, Río Negro, según constancia de fs. 10
A fs. 15 se declara competente el Tribunal para entender en el presente sucesorio y se tiene por iniciado el juicio.-
A fs. 18 y 34 obran oficios librados a los Registros Públicos de Juicios Universales y de Testamentos, de los que surge que, a nombre del causante, no se inició trámite ni se registró disposición testamentaria alguna.-
A fs. 19/30, lucen agregados periódicos y recibos que acreditan la corrrespondiente publicación edictual, sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la Actuaria, informando, asimismo que no se presentaron más interesados ni herederos que los precedentemente indicados.-
Por lo expuesto y lo dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del C. Civil y 699 y 700 del C.P.C.,
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de Margarita Arbeloa le suceden en caracter de únicos y universales herederos sus hijos: MARCELINO SEBASTIAN, MARTA EULOGIA, MIRTA ALICIA, GABRIELA ANDREA y VERONICA MABEL, de apellidos: HERNANDEZ y ARBELOA, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponden a su cónyuge supérstite Marcelino Hernández, sobre los bienes gananciales y los propios si hubiere.-
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro