Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33537III

N° Receptoría:

Fecha: 2009-10-19

Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/PARRA Josefa Marina S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena embargo.-

//neral Roca, 19 de Octubre de 2009.-

Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio al Banco de la Pampa S.E.M. haciéndose efectiva la medida por la suma de $ 7.005,38 en concepto de capital con más la suma de $ 2.803 calculados para intereses y costas- debiéndose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldos.-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferido al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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