include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39738
Fecha: 2009-10-16
Carátula: ROSALES Miguel Angel y Otra c/18 de MAYO S.R.L. y Otros S/ Ordinario
Descripción: Inicio
//neral Roca, 16 de octubre de 2009.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a los demandados por el término de VEINTISIETE días (art. 338 C.P.C.), a quienes se cita y emplaza para que la contesten conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula.-
Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 118 de la Ley 17.418, cítese en garantia a SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA SOCIEDAD COOP. LTDA. a fin de que se presente a hacer valer los derechos acordados por la citada ley en el término de VEINTISIETE días, a cuyo fin y para su notificación líbrese CEDULA DIRECTA LEY 22.172 a la ciudad de La Plata (Pcia. de Buenos Aires).-
Deposítese en caja fuerte la documental acompañada, haciéndose saber al presentante que no habiendo acompañado fotocopias simples de las fotos en copia color acompañadas, las mismas quedan glosadas al expte. bajo su riesgo.-
Complétense las copias para traslado.-
Se deja constancia que se han iniciado los autos "Rosales Miguel Angel y Otra s/Beneficio Litigar sin Gastos" (Expte. 39741).-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Nota: de haberse depositado en caja fuerte documental de fs. 19/29. Conste.-
<*****>
Poder Judicial de Río Negro