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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0652/2005
Fecha: 2009-10-15
Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ PEREZ JOSEFA MERCEDES S/ EJECUTIVO
Descripción: NUEVO APODERADO - OFICIO BCO
EXPTE. Nº : 0652/2005.-
CARATULA: ZAGARI NICODEMUS C/ PEREZ JOSEFA MERCEDES S/ EJECUTIVO.-
Viedma, octubre de 2009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Tiénese presente la renuncia efectuada por la Dra. Custet Llambi.-
Tiénese a la Dra. Guillermina Carmody por presentada, parte en el carácter invocado a tenor de la copia del poder acompañado y por constituído el domicilio. Notifíquese.-
Atento las constancias de la causa, déjese sin efecto la forma de percepción de fondos dispuesta a fs. 30, a sus efectos y para que proceda a informar las fechas, montos de los depósitos y extracciones realizadas en la cuenta de autos desde la apertura de la misma y hasta la fecha, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A..-
Atento lo solicitado y el estado de las actuaciones, trábese embargo sobre las sumas de dinero que la accionada tenga o tuviere en cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, y/o cualquier otro concepto en los Bancos: de la Nación Argentina; Patagonia S.A.; Santander Río S.A.; Macro Bansud S.A.; Hipotecario S.A.; Credicoop , hasta cubrir la suma de $ 1.819,33 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 1.174 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A tal fin líbrense oficios con los recaudos correspondientes, a las entidades bancarias mencionadas, bajo responsabilidad de la parte, haciéndose saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos, en el Banco Patagonia S.A. -sucursal Viedma-. Tiénese presente las personas facultadas para el diligenciamiento del oficio ordenado.-
s.b.s.
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Poder Judicial de Río Negro