Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0153/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-10-15

Carátula: NEUMANN RICARDO ERNESTO C/ TOLEDO QUESADA PATRICIO Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CEDULA SECRETARIA

C E D U L A

Señor: LIDERAR CIA. GRAL. DE SEGUROS S.A. -Dres. Malaspina-Taberner

Domicilio: (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "NEUMANN RICARDO ERNESTO C/ TOLEDO QUESADA PATRICIO Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS) ", Expte. Nº 0153/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, agosto 24 de 2009.-Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. En consecuencia, a los fines previstos en el art. 361 del C.Pr., fíjase audiencia para el día ..., a la que deberán comparecer las partes personalmente, munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 362 del C.Pr. De conformidad con lo dispuesto en el art. 360 del C.Pr., las partes deberán ofrecer la prueba hasta 5 días antes de llevarse a cabo la audiencia preliminar.Notifíquese por Secretaría.-Fdo. Fermin Donate - Juez Subrogante.-Viedma, octubre de 2.009.-Atento el estado de autos y por razones de mejor servicio, modifícase la fecha de la audiencia fijada a fs. 46, la que se señala para el día 5 de noviembre de 2009 a las 11,30 horas. Notifíquese.-Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de octubre de 2009.-

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