Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0954/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-10-15

Carátula: AMBROSETTO SANDRA RAQUEL C/ BAZAN DANIEL RENE S/ INTERDICTO DE RETENER

Descripción: ART. 368

EXPTE. N° 0954/2008

AMBROSETTO SANDRA RAQUEL C/ BAZAN DANIEL RENE S/ INTERDICTO DE RETENER

En el dia de la fecha, 15/10/2009, siendo las 9,30 se encuentran presentes en el Tribunal, a los fines de la audiencia prevista en el art. 368 del C.P., la sra. AMBROSETTO, SANDRA RAQUEL (D.N.I. Nº 14.944.256) con su letrado Dr. Leandro Sferco y el sr. DANIEL RENE BAZAN, (DNI Nº 11.914.070) con su letrado el Dr. Mario Salvador Cáccamo. Abierto el acto por la Sra. Juez se procedió a tomar declaración testimonial a los Sres. Egle Elena Terk (D.N.I. Nº 20.856.780) Oscar Anibal Williams (D.N.I. nº 16.644.451), Norma Laura Verrechia, DNI Nº 14.007.229. En este estado el Dr. Cáccamo se opone a su declaración por considerar que se ha denunciado con otro apellido y se le impidió oponerse a su declaración. Por su parte el Dr. Sferco señala que ha identificado a la testigo con otros datos. Se resuelve tomar la declaración y en su momento será valorado. Declara luego Adelse Fabián Valenzuela (D.N.I. nº 20.279.961) y se opone el Dr. Sferco por estimar que es deudor de Ambrosetto. Se resuelve tomar la declaración y merituarla en su oportunidad y Víctor Martin Pulgar (D.N.I. nº 16.256.874) y Baritoli Daniel DNI Nº 11.655.862, a quien se opone el Dr. Sferco por considerarlo comprendido en las generales de la ley por los motivos que expone. Se resuelve tomar la declaración y merituar con posterioridad. Todo fue registrado de manera audiovisual bajo el Nº TVO91015.0955-001.002.003.AVI. En este acto la parte actora desiste de la confesional del sr. Daniel Rene Bazan (D.N.I. Nº 11.914.070) quien se encuentra presente en este acto . No siendo para más se dio por terminado el acto.-

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