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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1021/93/6
Fecha: 2009-10-14
Carátula: BLANCO SILVERIA C/ VEGA JOAQUIN PEDRO S/ ALIMENTOS
Descripción: oficio bajo aperc. astreintes
EXPTE. N° 1021/93/6
CARATULA: BLANCO SILVERIA C/ VEGA JOAQUIN PEDRO S/ ALIMENTOS
Viedma, octubre de 2009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Agréguese.-
Atento lo peticionado, el estado y constancias de autos, en especial lo que surge de los movimientos de la cuenta bancaria, teniendo en cuenta que la empresa empleadora no esta efectuando los depósitos de la cuota alimentaria del 1º al 10 de cada mes conforme fuera ordenado por oficios nº 707, nº 968 y nº 1980, líbrese nuevo oficio a Covelia S.A. para que proceda a dar estricto cumplimiento con ello, bajo apercibimiento de aplicar en concepto de astreintes (conf. art. 37 del C. Pr.) $ 50 por día de incumplimiento a favor de la peticionante.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro