Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0749/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2009-10-13

Carátula: LEVI MARIA MAGDALENA C/ RUBILAR RUPERTO ROQUE Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA

C E D U L A

Señor: CAJA FORENSE

Domicilio: BELGRANO 80 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "LEVI MARIA MAGDALENA C/ RUBILAR RUPERTO ROQUE Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)", Expte. Nº 0749/2005, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, octubre 8 de 2.009.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Rechazar la demanda incoada por la Sra. María Magdalena Levi.-II.- Imponer las costas a la parte actora (art. 68 del C.Pr.) y regular los honorarios profesionales de los Dres. Danilo Javier Vega en la suma de $ 6.825 (coef. 50 % del 11 % + 40 % + coef. 11 %), los de los Dres. Sergio Manuel Ajalla y Guillermo Suarez, en forma conjunta, en la suma de $ 2.810 (coef. 50 % del 11 % + 40 %), los de los Dres. Juan Carlos Perrote, Pablo Sergio Mao y Javier Perrote, en forma conjunta, en la suma de $ 5.620 (coef. 11 % + 40 %), los de los Dres. Tomás Armando Rébora y Alina Valli, en conjunto, en la suma de $ 2.555 (coef. 7 %) (MB: $ 36.500), los del perito accidentológico sr. Carlos Armando Riat en la suma de $ 1.500, los de la perito psicóloga sra. Teresita Elisabeth Britos en la suma de $ 1.000 y los del perito médico Dr. Carlos Norberto Espósito en la suma de $ 1.000. Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, octubre de 2.009.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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