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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 30643III
Fecha: 2009-10-09
Carátula: BANCO PCIA. RIO NEGRO c/LAS DOS SS S.A. S/ Ejecución Hipotecaria
Descripción: HOMOLOGACIÓN.-VISTA A RENTAS.-
//neral Roca, 09 de octubre de 2009.-
Homológase con fuerza de sentencia el acuerdo arribado por las partes a fs.378/381.- NOT.-
Regulo por su actuaciones en autos, los honorarios profesionales de la DRA. MONICA BALDONI en la suma de $ 15.000 y Dr. HERNAN ENRIQUE MONES en la suma de $ 15.000 (MB:$ 809.589,89).-Estimándose esta actuación como parte de la ejecución de sentencia, atento las características del convenio presentado.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.- (arts. 6, 6 bis, 7 y 9 de la Ley 2212 RN).-
Notifíquese a las partes, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Atento la CLAUSULA QUINTA de convenio presentado, pasen los presentes en VISTA A RENTAS.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro