Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39292

N° Receptoría:

Fecha: 2009-10-08

Carátula: DELLA CHA Jorge Roberto S/ Sucesión

Descripción: DECLARATORIA

//neral Roca, 08 de OCTUBRE de 2009.=

VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "DELLA CHA JORGE ROBERTO" (Expte. Nro. 39.292-III-09).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Jorge Roberto Della Cha ocurrido el 23 de diciembre de 2008 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 2.

El causante se encontraba unido en matrimonio con Ana María Angela Parma, por acto celebrado el 07 de marzo de 1953 en la ciudad de Oliva (Córdoba), certificado a fs. 3.-

De dicha unión nacieron:

Ana María: el 28 de mayo de 1954 en Chos Malal, Pcia. de Neuquén, certificado a fs. 4.

Jorge Horacio: el 19 de mayo de 1955 en Chos Malal, Neuquén, certificado a fs. 5.-

Oscar Eduardo: el 14 de mayo de 1958 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 6.-

Carlos Roberto: el 10 de febrero de 1962 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 7.-

Es hijo del causante y de Mabel Amelia Gonzalez:

José Antonio: nacido el 04 de abril de 1995 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 8.-

A fs. 15 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-

A fs. 18 y 27 obran oficios al Registro de Testamentos y Registro de Juicios Universales con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-

A fs. 21/23 y 24/6 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-

Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de JORGE ROBERTO DELLA CHA, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos ANA MARIA, JORGE HORACIO, OSCAR EDUARDO, CARLOS ROBERTO de apellido DELLA CHA y PARMA, y JOSE ANTONIO de apellido DELLA CHA y GONZALEZ, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite ANA MARIA ANGELA PARMA sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro