Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39614

N° Receptoría:

Fecha: 2009-10-08

Carátula: ANDREOLI ó ANDRIOLI Diovigildo Celso S/ Sucesión

Descripción: Ordena informa.sumaria

//neral Roca, 08 de OCTUBRE de 2009.=

Previo a todo cúmplase con lo ordenado a fs. 42, 2° párrafo.

Téngase presente y atento las diferencias en el apellido del causante "ANDREOLI" y/o "ANDRIOLI, previo a dar curso al inicio del sucesorio, prodúzcase información sumaria a cuyo fin, para la declaración de los testigos propuestos, fíjase primera audiencia.

Al punto III, agréguese y téngase presente.

Atento la fecha de fallecimiento de Pablo Domingo y Leovigildo Javier Andrioli, y no teniendo herederos, no serán incluídos en la declaratoria.

Sin perjuicio de que sean incluídos los herederos, respecto a Vicenta Laurinda y Aldovino Perfidio Andreoli, manifiesten los mismos si se ha iniciado el sucesorio y se ha dictado declaratoria.

Téngase presente la cesión de derechos y acciones efectuada por Rodolfo Dabilio Andrioli en favor de Julio Didimo Andrioli.

Oportunamente y previo a su aprobación deberá adjuntarse libre inhibiciones del cedente.

Certifíquese por Secretaría las copias adjuntadas.

FECHO: hágase entrega a la presentante de los originales respectivos.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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