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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38975
Fecha: 2009-10-07
Carátula: INALAF Horacio c/MENDOZA Manuel y Otros S/ Ordinario
Descripción: Clausura
//neral Roca, 07 de OCTUBRE de 2009.=
Proveyendo el escrito de fs. 112, atento lo peticionado y las constancias de fs. 64 in fine y 64 vta.,hágase efectivo el apercibimiento allí dispuesto (art. 388 del CPC), respecto a la Mercantil Andina Cia. de Seguros SA.
En consecuencia clausúrase el período probatorio. Notifíquese a las partes.
FECHO: y firme la presente pónganse los autos en Secretaría a fin de que las partes aleguen por su orden.
Proveyendo el escrito de fs. 113, téngase presente la ratificación de gestión realizada.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro