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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 18907IV
Fecha: 2009-10-06
Carátula: AVILES Eduardo c/MERCADO de Aviles Viviana S/ Divorcio, Tcia. y Sep. bienes
Descripción: regulación
//neral Roca, 06 de OCTUBRE de 2009.=
Por su actuación, (desde fs. 86), regulo los honorarios de la Dra. Eliana Mabel Herrero, en la suma de $ 400.- (arts. 6, 7 y 8 ley 2212RN).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro