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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0397/2008
Fecha: 2009-10-05
Carátula: ROSALES NORBERTO Y OTROS C/ BARTOLO HECTOR ARIEL Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - AUTOS PARA ALEGAR
EXPTE. Nº 0397/2008.-
CARATULA: ROSALES NORBERTO Y OTROS C/ BARTOLO HECTOR ARIEL Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS).-
CERTIFICO: Que conforme lo ordenado a fs. 329 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PARTE ACTORA (Norberto Rosales y Norma Beatriz Leal):
Documental: Tiénese presente.-
Documental en Poder de Terceros: Marco Antonio Cornejo, desistido a fs. 670; Héctor Ariel Bartolo, desistido a fs. 670 y Edimer S.A., a fs. 333.-
Instrumental: Expte. penal nº 1.132/01, reservado bajo registro nº R - 11/08; y Expte. nº 759/08 (B.L.S.G.) agregado por cuerda a las presentes actuaciones.-
Informativa: 1) Hospital de San Antonio Oeste, historia clínica de la sra. Shrenk, obra a fs. 702/792; 2) Hospital Zatti, historia clínica de la sra. Shrenk, obra a fs. 472/536; 3) D.G.R. de San Antonio Oeste, desistido a fs. 670; 4) Registro Público de Comercio de la ciudad Autónoma de Bs. As., obra a fs. 554; 5) Piré Rayén Automotores, obra a fs. 352; 6) Taller de Narciso Ucucich, obra a fs. 452vta..-
Informativa Subsidiaria: 1) D.G.I., obra a fs. 550; 2) Comercio Noy Noy (sr. Carlos Goñi), desistido a fs. 333; 3) Municipalidad de S.A.O., obra a fs. 546; 4) Firma Neman S.R.L., obra a fs. 541, 5) Contadora M. Toransa, obra a fs. 402.-
Testimonial: 1) Angel Horacio Ferreira, desistido a fs. 348 y vta.; 2) Cristina de los Angeles Garcia, desistido a fs. 348 y vta.; 3) Nélida Ester Asecenzo, desistido a fs. 348 y vta..-
Testimonial de Reconocimiento: 1) Julián Edgardo Cerro, obra a fs. 567/568; 2) Oscar Alfredo Sosa, obra a fs. 444/445.-
Confesional: Representante legal de la firma Edimer S.A., desistido a fs. 670; 2) Representante legal de Seguros Bernardino Rivadavia, desistido a fs. 670.-
Pericia Accidentológica: producida por Héctor Eduardo Hernández a fs. 632/651. A fs. 659 Edimer S.A. observa la pericia. A fs. 664 Rosales - Leal contestan traslado. A fs. 679/681, el perito contesta las observaciones.-
Pericia Mecánica: producida por Héctor H. Ferreyro a fs. 609.-
Pericia Psicológica: producida por María Eva Calpakchi a fs. 623/625.- Informe Socio Ambiental: producida por el Departamento de Servicio Social de este Poder Judicial a fs. 408/411.-
Pericia Médica: producida por Carlos Alberto Agüero a fs. 538/539.-
PARTE ACTORA (sra. Schrenk):
Documental: Tiénese presente.-
Documental en Poder de Terceros: Marco Antonio Cornejo y Héctor Ariel Bartolo, desistido a fs. 814.-
Instrumental: Expte. penal nº 1.132/01, reservado bajo registro nº R - 11/08.- Expte. nº 759/08 (B.L.S.G.) agregado por cuerda a las presentes actuaciones.-
La demás prueba informativa, es común a la producida por actores Rosales y Leal.-
Pericia Psicológica: producida por María Eva Calpakchi a fs. 623/625. Pericia Contable: producida por Silvia Edith Amadei a fs. 923/926.
La demás pruebas periciales, es común a la producida por los actores Rosales y Leal.-
Testimonial: 1) José Raúl Aravena, obra a fs. 688/689; 2) Julio Andrés Schwapp, obra a fs. 690; 3) Decia Ofelia Pain, obra a fs. 686/687; 4) María Elena Coico, desistido a fs. 814; 5) Rafael Pérez Tarquini, desistido a fs. 814.-
PARTE DEMANDADA (Edimer S.A.):
Documental: Tiénese presente.-
Instrumental: Expte. penal nº 1.132/01, reservado bajo registro nº R - 11/08.- Expte. nº 759/08 (B.L.S.G.) agregado por cuerda a las presentes actuaciones.-
Pericia Contable: producida por la contadora Silvia Edith Amadei a fs. 923/926.-
Informativa: 1) Municipalidad de San Antonio Oeste, obra a fs. 957; 2) Poder Legislativo de Río Negro, obra a fs. 826/828.-
Testimonial: 1) Antonio de Souza Casadinho, desistido a fs. 943; 2) Pascual Soto, desistido a fs. 954.-
Confesional: María Elena Schrenk, obra a fs. 853.-
Pericia Accidentológica: producida por Héctor Eduardo Hernández a fs. 632/651. A fs. 877/890 obra el informe del consultor técnico Carlos A. Riat.-
CITADA EN GARANTIA (Seguros Bernardino Rivadavia Coop):
Documental: Tiénese presente.-
Documental en poder de terceros: a fs. 970/984 obra la Póliza nº 22/25215 perteneciente a Nancy Rosa Antonia Pérez.-
Instrumental: Expte. penal nº 1.132/01, reservado bajo registro nº R - 11/08.- Expte. nº 759/08 (B.L.S.G.) agregado por cuerda a las presentes actuaciones.-
Informativa: de Pire Rayén Automotores S.A., Neuquén Automotores y a la empresa Sancor Cooperativa de Seguros Limitada, sucursal Capital Federal, a fs. 1.017 se declaró la negligencia; al Registro Civil y Capacidad de la Personas Delegación General Roca obra a fs. 969 y a fs. 1.013; Fiat Crédito Compañía Financiera S.A. obra fs. 991.-
Confesional: 1) María Elena Schrenk, a fs. 1.024 se declara la caducidad; 2) Norberto Rosales, a fs. 966 se declara la caducidad y 3) Norma Leal, a fs. 966 se declara la caducidad.-
Percia Accidentológica: producida por Héctor Eduardo Hernández a fs. 632/651.-
INSTRUMENTAL: Expte. nº 0373/2008 caratulado: "Pérez Nancy Rosa Antonio s/ Sucesión" en trámite por ante este Juzgado.-
SECRETARIA, octubre de 2009.-
a.p.
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
Viedma, octubre de 2009.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 495, 2do. párrafo del C. Pr. (T.O. 2208). Notifíquese.-
Para un mejor ordenamiento procesal, fórmese tercer, cuarto, quinto y sexto cuerpo, a partir de la fs. 401, de la fs. 601, de la fs. 798 y de la fs. 999, respectivamente.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro