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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36537
Fecha: 2009-10-05
Carátula: TEMPONE Graciela M. y O. en: FIORETTI Gustavo C/DIAZ Angel S/Ordin. S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: a cheque.-
//neral Roca, 05 de Octubre de 2009.-
Atento el estado de autos, glósese y anúlese el cheque librado fs. 133 el que no fuera cobrado por el Dr. HERNAN MONES.-
Agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Líbrese cheque a la orden del DR.HERNAN MONES DNI 5.411.990- CUIT 23-05411990-9 por la suma de $ 922,05 en concepto de: $ 597,53 saldo de liquidación aprobada a fs. 79 primer párrafo y $ 324,52 saldo de liquidación aprobada a fs. 143 primer párrafo.-Cuenta No 212011057.-
Se deja constancia el monto del cheque (librado y no percibido por el Dr.Mones a fs. 133) de $ 597,53 fué incluido en la liquidación practicada a fs. 134 último item y aprobada a fs. 143 primer párrafo.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En la fecha se glosó y anuló cheque No 26264.-CONSTE.
En la fecha se libró cheque No CONSTE.-
El /10/09 el Dr. MONES retira cheque.CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro