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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 23697IV
Fecha: 2009-10-05
Carátula: ROMERA MARTIN Octavio s/Sucesión S/ Reconstrucción (Ac. Exp. 32458-IX-09)
Descripción: por obaldos imp.Regulación de honorarios.-
//neral Roca, 05 de Octubre de 2009.-
Téngase por oblados el impuesto de justicia y sellado de actuación.-
Atento el estado de autos, regulo los honorarios profesionales de la Dra. MARIA BELEN DELUCCHI en la suma de $ 2.500.- a cargo de los herederos y en la suma de $ 1250.- a cargo de la cónyuge supérstite.-MB$ 30.649,43.- arts. 6, 7, 24 y 43 Ley 2212 RN).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a tráves de aquélla.- (arts. 6, 6 bis y 7 Ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro