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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 14933-068-08
Fecha: 2009-10-05
Carátula: TRONCOSO MONICA GRACIELA / BAHAMONDE AMADO HERNAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:14933-068-08
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, DE OCTUBRE DE 2009.-
VISTOS: Los autos caratulados: “TRONCOSO Mónica
Graciela c/ BAHAMONDE Amado Hernán y Otros s/ DAÑOS Y
PERJUICIOS”, expte. nro. 14933-068-2008 (reg.cám), luego
de haberse impuesto individualmente de la causa los dres.
Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos
Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de
todo lo cual certifica la Actuaria-;
Y CONSIDERANDO:
Que resulta conveniente para mejor proveer
atendiendo a las nuevas pruebas colectadas citar a las
partes o sus apoderados a que brinden explicaciones e
intentar una conciliación (art. 36 y cc. CPCC.).
Que asimismo resulta necesario contar con las
actuaciones penales citadas en el decisorio y memorial de
la actora.
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y
COMERCIAL;
RESUELVE:
1ro.) Fijar la audiencia del día 21 de Octubre
de 2009 a las 11.30 hs., a la que deberán concurrir las
partes o sus letrados apoderados.-
2do.) Librar oficio a fin de requerir las
actuaciones referidas; libramiento de oficio,
diligenciamiento e impulso de la causa a cargo de las
partes.-
3ro.) Interin, interrumpir los plazos para
fallar.-
4to.) Notificar, registrar y protocolizar lo
aquí decidido.-
c.t.
Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro