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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39706
Fecha: 2009-10-02
Carátula: MARTENS Jorge Alberto c/MANSILLA Edgardo A. y otro S/ Ordinario
Descripción: ORDINARIO: Inicio
General Roca, 02 de octubre de 2009.-s
Por presentado, parte y con domicilio.-
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de veintisiete días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a Villa Regina y cédula directa a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Deposítese en Caja Fuerte la documentación de fs.13/32.-
Previo al libramiento de las cédulas deberá acompañarse en forma legible las copias que se encuentran a fs. 6, 12 y vta. y acompañar 1 copia para traslado de fs. 3.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse depositado.-CONSTE
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro