Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39054

N° Receptoría:

Fecha: 2009-10-01

Carátula: ABRAHAN Sandro Rubén c/ARANEA HENRIQUEZ Alejandro Guillermo y Otra S/ Beneficio y ordinario

Descripción: traslado de demanda

//neral Roca, 01 de OCTUBRE de 2009.

Habiéndose notificado la resolución de fs. 77 y encontrándose firme la misma (fs. 80/1), de la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de QUINCE días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula.-

Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 118 de la Ley 17.418, cítese en garantia a Aseguradora Federal Argentina S.A. a fin de que se presente a hacer valer los derechos acordados por la citada ley en el término de quince días, a cuyo fin y para su notificación líbrese CEDULA DIRECTA LEY 22.172 a la ciudad de Neuquén.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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