Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0237/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2009-10-01

Carátula: BOLDT MARTA NOEMI C/ BOLDT CARLOS EDUARDO S/ SUMARIO

Descripción: ajuste cuota

EXPTE. N° 0237/2002

CARATULA: BOLDT MARTA NOEMI C/ BOLDT CARLOS EDUARDO S/ SUMARIO

Viedma, octubre de 2009.-

Agréguese la cédula recibida.-

Por contestado el traslado conferido a fs. 222.-

Atento el estado de autos, teniendo en cuenta los términos del acuerdo homologado a fs. 34 y toda vez que de los informes de las inmobiliarias solicitados por ambas partes (conf. fs. 201/202, 208 y 217/218), surge una variación en los alquileres que rondan entre el 20 % y el 30 % entre las temporadas 2006/2007 y 2007/2008, resultando de todo ello un promedio del 25 % para tal variación, corresponde efectuar el ajuste de la cuota anual ($ 10.636) en base a dicho porcentaje, la que, en definitiva, se establece en la suma de $ 13.295 para el período 2008.-

En su mérito y teniendo en cuenta la diferencia entre la cuota que aquí se fija y la abonada por el período 2008 (conf. fs. 182) el saldo impago es de $ 2.659, suma que la demandada deberá abonar a la actora.-

Notifíquese.-

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