Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0769/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-30

Carátula: FRIGORIFICO NUEVO MILENIO S.R.L. S/ QUIEBRA S/ OFICIO

Descripción: OFICIO JUZGADO

Viedma, septiembre de 2.009.-

OFICIO Nº __________/09

Al señor Director

Registro de Créditos Prendarios

SU DESPACHO

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en los autos caratulados: "FRIGORIFICO NUEVO MILENIO S.R.L. S/ QUIEBRA S/ OFICIO" Expte. Nº 0769/2009 que tramitan ante el Juzgado Civil Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría única, cuyos autos principales tramitan por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 10 a cargo del Dr. Héctor Chomer, Secretaría Nº 20 de la Dra. Fernanda Andrea Gómez, sito en calle Callao 635 P.B. de la ciudad de Buenos Aires, a fin de solicitarle proceda a anotar inhibición general de bienes a nombre de la fallida "FIGORIFICO NUEVO MILENIO S.R.L." cuit 30-70043974-3, inscripta en la I.G.J. con fecha 11-08-98 bajo el número 6297 del Libro 109 de SRL y sus modificaciones inscripta con fecha 14-12-00 bajo el nº 9343 del libro 114, con fecha 29-07-04 bajo el nº 6757 del libro 120 y con fecha 07-06-06 bajo el nº 4673 del libro 124, con domicilio constituído en la I.G.J. en la calle Av. Santa Fé 1.697, piso 7 CABA.-

Se hace constar que no corresponde oblar arancel alguno (conf. art. 273 L.C.).- -

La providencia que ordena el presente dice: "Viedma, septiembre 30 de 2009.- Por recibido. Sin perjuicio de la Jurisdicción del Juzgado, dése cumplimiento a la presente rogatoria, a cuyo fin procédase a anotar inhibición general de bienes a nombre de la fallida "FIGORIFICO NUEVO MILENIO S.R.L." cuit 30-70043974-3, inscripta en la I.G.J. con fecha 11-08-98 bajo el número 6297 del Libro 109 de SRL y sus modificaciones inscripta con fecha 14-12-00 bajo el nº 9343 del libro 114, con fecha 29-07-04 bajo el nº 6757 del libro 120 y con fecha 07-06-06 bajo el nº 4673 del libro 124, con domicilio constituído en la I.G.J. en la calle Av. Santa Fé 1.697, piso 7 CABA, a cuyo fin líbrense oficios a los Registros de la Propiedad Inmueble, del Automotor y de Créditos Prendarios, haciéndose constar que no corresponde oblar arancel alguno (conf. art. 273 L.C.).- " Fdo. Rosana Calvetti-Juez

Saludo a Ud. atentamente.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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