Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39315

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-30

Carátula: MARTINES Agustin y otros c/ROJAS Oscar M. y otro S/ Ordinario

Descripción: Acta Preliminar

Autos: "MARTINES Agustin y otros c/ROJAS Oscar M. y otro S/ Ordinario" (Expte. Nro. 39315)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 30 de septiembre de 2009, a las 8.50 horas, comparecen ante S.S. a la audiencia prevista para el día de la fecha, AGUSTIN MARTINES, IVANA SONIA MARTINES, OCTAVIO HUMBERTO MARTINES y LAURA NOEMI MARTINES con la asistencia de sus letrados Apoderados Dres. Marcelo A. Lopez Alaniz; OSCAR ROJAS y OSCAR MOISES PEDRO ROJAS con la asistencia de su letrado apoderado Dr. Mauricio Miguel Benitez quien lo hace también como apoderado de HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.-Abierto el acto, las partes manifiestan que no hay posibilidades de llegar a un acuerdo. BREVE RESUMEN DE LOS PUNTOS CONTROVERTIDOS: Lugar físico donde se produce el accidente, características del sector, maniobras previas a la colisión de los rodados, existencia de huellas que marquen su trayectoria, como existencia de daños en los mismos. Posibilidades de efectuar maniobras que hubiesen evitado la colisión, existencia o no de iluminación en el sector y carateríticas generales de las vías de circulación. Asimismo sector en que se encuetran los daños a los rodados. Daños reclamados, si los mismos derivan especificamente de la muerte de la víctima, capacidad económica de ésta última, relación laboral y remuneraciones percibidas y existencia o no de percepciones de indemnizaciones por alguna ART.- En razón de ello, se abre el juicio a prueba hasta la fecha de la audiencia de prueba la que se fija para el día 24 de NOVIEMBRE de 2009 a las 8.30 horas de lo que quedan las partes notificadas en este acto. Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs. 26, A LA DOCUMENTAL: Téngase presente.- A LA CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones de OSCAR MOISES PEDRO ROJAS, estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada, quedando notificado en este acto.- De la confesional de Oscar Rojas, desistida en este acto. A LA INSTRUMENTAL: Líbrese oficio al Juzgado de Instrucción 4 para que remita el Expte. 43246-J4-08.A LA INFORMATIVA: Líbrense oficios a Coop, Raíces Patagónicas ó Coop. Trabajo El Valle de Allen y a Empresa Cueto y Cía. SRL,

para que informen sobre lo requerido en el término de veinte días hábiles de notificados bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/399 del CPC.-A LA PERICIAL PSICOLOGICA: Desígnase perito a PABLO FRANCO, quien deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado y expedirse sobre los puntos de pericia en el término de QUINCE días, todo ello bajo apercibimiento de remoción. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula. A LA PERICIAL MECANICA ACCIDENTOLOGICA: Desígnase perito a MARIO HECTOR ALBORNOZ, quien deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado y expedirse sobre los puntos de pericia en el término de QUINCE días, todo ello bajo apercibimiento de remoción. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula. A LA TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de LORENA ELIZABETH GALLEGO, VIVIANA ELIETH PARRA ESPINOZA,ALEXIS DAGOBERTO SANCHEZ, OLGA ESCACENA, MARIA DE LAS MERCEDES RODRIGUEZ y NILDA DE LA CRUZ RIVERA, fíjase como primera audiencia la indicada precedentemente, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédulas a Allen.- A LA PERICIAL CONTABLE (Subsidiaria): Desistida por no ser hecho controvertido. Proveyendo la prueba ofrecida por los demandados OSCAR ROJAS y OSCAR MOISES PEDRO ROJAS (fs. 62 y 82), A LA DOCUMENTAL: Téngase presente.- A LA CONFESIONAL: de AGUSTIN MARTINES, IVANA SONIA MARTINES, OCTAVIO HUMBERTO MARTINES y LAURA NOEMI MARTINES, desistidas en este acto.- A LA INSTRUMENTAL: Habiéndose agregado la póliza, desistida en este acto.- Proveyendo la prueba ofrecida por la Citada en Garantía: HORIZONTE CIA. ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. (fs. 113), A LA DOCUMENTAL: Téngase presente.- A LA CONFESIONAL:de AGUSTIN MARTINES, IVANA SONIA MARTINES, OCTAVIO HUMBERTO MARTINES y de LAURA NOEMI MARTINES, desistidas en este acto. A LA INSTRUMENTAL: Líbrese oficio al Juzgado Instrucción 4 para que remita el Expte. 43246-J4-08.- A LA INSTRUMENTAL EN PODER DEL DEMANDADO: Se desiste por estar agregada la póliza en autos.- No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

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