include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37509
Fecha: 2009-09-30
Carátula: CREDIL S.R.L. c/VALENZUELA Liliana Leontina S/ Ejecutivo (*)
Descripción: se ordena embargo.-
//neral Roca, 30 de Setiembre de 2009.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio a la empleadora Sr.Guillermo Luis Erconali,haciéndose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 1.767,76 en concepto de capital (fs.85) con más la suma de $ 710 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados en el Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro