Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0747/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-29

Carátula: GONZALEZ AURORA S/ SUCESION

Descripción: inscrpcion solicitada no ha lugar

EXPTE. Nº : 0747/2009.-

CARATULA: GONZALEZ AURORA S/ SUCESION.-

Viedma, septiembre de 2009.-

Toda vez que el 50% de los inmuebles transmitidos en la sucesión de Jaime Sánchez en favor de los herederos declarados en estos autos ya ha sido inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble conforme surge de los informes de dominio de fs. 74/83 resulta improcedente la inscripción de la cesión de derechos pretendida por cuanto la misma deberá realizarse mediante escritura pública de compraventa o donación en su caso.-

En razón de lo precedentemente expuesto a lo peticionado a fs. 111 anteúltimo párrafo no ha lugar.-

rc

Rosana Calvetti

Juez

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