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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0747/2009
Fecha: 2009-09-29
Carátula: GONZALEZ AURORA S/ SUCESION
Descripción: inscrpcion solicitada no ha lugar
EXPTE. Nº : 0747/2009.-
CARATULA: GONZALEZ AURORA S/ SUCESION.-
Viedma, septiembre de 2009.-
Toda vez que el 50% de los inmuebles transmitidos en la sucesión de Jaime Sánchez en favor de los herederos declarados en estos autos ya ha sido inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble conforme surge de los informes de dominio de fs. 74/83 resulta improcedente la inscripción de la cesión de derechos pretendida por cuanto la misma deberá realizarse mediante escritura pública de compraventa o donación en su caso.-
En razón de lo precedentemente expuesto a lo peticionado a fs. 111 anteúltimo párrafo no ha lugar.-
rc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro