Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0743/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-28

Carátula: GOMEZ CLAUDIA PATRICIA S/ AMPARO

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA

C E D U L A

Señor: Director del Hospital Artemides Zatti

Domicilio: Rivadavia y Guido (real)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "GOMEZ CLAUDIA PATRICIA S/ AMPARO", Expte. Nº 0743/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, septiembre 25 de 2.009.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO:I.- Hacer lugar a la acción de amparo interpuesta a fs. 2/4 y ordenar al Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro que entregue a la Sra. Claudia Patricia Gómez el medicamento requerido (Paclitaxel y Carboplatino) hasta la finalización del tratamiento, debiendo entregar las dòsis necesarias para la próxima aplicación con cinco días de anticipación a la fecha del turno otorgado por el hospital y las restantes en el mismo plazo desde cada requerimiento y al Hospital Artémides Zatti que solicite la provisión de la medicación necesaria para el tratamiento al Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro con la antelación debida, todo ello, bajo apercibimiento de desobediencia judicial.-II.- Regístrese, protocolícese y notifíquese con habilitación de días y horas.-Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, septiembre de 2.009.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro