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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39598
Fecha: 2009-09-25
Carátula: MARINAO Soledad Tamara c/LUSTIG Daniela y Otra S/ Ordinario (Ex 355-J1-09)
Descripción: ACUERDO
General Roca, 25 de septiembre de 2009.-s
Proveyendo a fs. 88: Por presentado, parte y con domicilio.-
Téngase por contestada la demanda en legal tiempo y forma por Productores de Frutas Argentinas Coop. de Seguros Limitida y por Daniela Lustig.-
Se deja constancia que no se da traslado de la documentación acompañada, atento la presentación de fs. 94.-
Proveyendo a fs. 94: Homológase con fuerza de sentencia el acuerdo arribado por las partes. Not.-
Téngase presente los honorarios pactados respecto de Claudio Lopez y la cesión realizada de los mismos de Julieta Berduc a favor de Claudio Lopez.-
Regulo por su actuación, los honorarios del Dr. Luis Marso, en $ 1.600.-, Walter Maxwell en $ 2.000.- y Hernán Rivas en la suma de $ 2.000.- .- (M.B. $ 40.000).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro