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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 29516IV
Fecha: 2009-09-25
Carátula: GARBERS María Laura S/ Sucesión
Descripción: regulacion
General Roca, 25 de septiembre de 2009.-s
Regulo, por las dos primeras etapas los honorarios profesionales del Dr. Federico A. Raffo Benegas en la suma de $ 10.220 a cargo de la heredera- (M.B. $ 72985,45 fs. 49.- arts. 6, 6 bis 7, 24 y 43 L.A. 2212.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Previo a cualquier trámite respecto de los inmuebles designación catastral: 075-620-300, 075-820-350 y 075-720-400 deberá acompañarse los libres deudas de Aguas Rionegrinas y Municipalidad o acreditar que se encuentran exentos.-
NOTIFIQUESE .-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro