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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39552
Fecha: 2009-09-25
Carátula: BALBOA Ruth S/ Amparo (ProFe)
Descripción: Acta/Provid.//Oficio//Cédulas
En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, siendo las 10,00 hs del día 24 de setiembre de 2009, comparece ante mi Secretaria Autorizante la Sra. Ruth Balboa, quien viene a solicitar se amplie el recurso de amparo, pues la Farmacia del Hospital no le provee de la medicación oncologica Oxicodona 20 mg. que debia tomar 60 pastillas por mes, por lo cual le daban solamente dos cajas de 30 comprimidos, pero tambien por prescripción medica del Centro de Oncologia Unidad Integral, por la evolución que tiene la enfermedad le han aumentado la dosis a 90 pastillas mensuales, por lo cual le deben proveer de 3 cajas mensuales, acompaña certificado medico que indica la evolución de la enfermedad y la prescripción medica antes mencionada como asi tambien que le deben proveer de Lanzoprazol, como protección gastrica.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firma la compareciente por ante mi de lo que doy fe.-
General Roca, de setiembre de 2009.-
Conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial requierase a la Directora del Hospital Zonal de General Roca, un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo de 48 hs. en las mismas condiciones de fs. 2.-
Líbrese oficio a fin de que informe asimismo, causas por las cuales no le han sido provistos los medicamentos recetados por los médicos tratantes a la Sra. Ruth Balboa.-
Tambien si la Sra. Ruth Balboa ha iniciado el tramite correspondiente para la provisión de Oxicodona 20 mg. que debe tomar tres comprimidos por dia, a razón de 90 comprimidos al mes, por lo que necesitara tres cajas mensuales, y la provisión asimismo de Lanzoprazol 20 mg. cada 12 hs.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
General Roca, 25 de setiembre de 2009.-
Al
HOSPITAL LOPEZ LIMA
GENERAL ROCA
Oficio Nro. 1836
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BALBOA Ruth Olivia S/ Amparo (Profe)" (Expte. 39552) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 Segundo Piso esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que brinde un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista RUTH OLIVIA BALBOA (DNI 14.982.377), el que deberá ser contestado en el plazo de 48 horas, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del CPC.-
Además se deberá informar:
* Las causas por las cuales no le han sido provistos los medicamentos recetados por los médicos tratantes a la Sra. Ruth Balboa.-
* Si la Sra. Ruth Balboa ha iniciado el trámite correspondiente para la provisión de Oxicodona 20 mg. que debe tomar tres comprimidos por día, a razón de 90 comprimidos al mes, por lo que necesitará tres cajas mensuales, y la provisión asimismo de Lanzoprazol 20 mg. cada 12 hs.-
La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 24 de setiembre de 2009.- Conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial requiérase a la Directora del Hospital Zonal de General Roca ... líbrese oficio ... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Artículo 399.- Si por circunstancias atendibles el requerimiento no pudiere ser cumplido dentro del plazo, se deberá informar al juzgado, antes del vencimiento de aquél, sobre las causas y fecha en que se cumplirá. Si el juez advirtiere que determinada repartición pública sin causa justificada no cumple reiteradamente el deber de contestar oportunamente los informes, deberá poner el hecho en conocimiento del Ministerio de Gobierno, a los efectos que correspondan, sin perjuicio de las otras medidas a que hubiere lugar.
Sin otro motivo, saludo atte.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA
Sr. FISCAL DE ESTADO de RIO NEGRO
ALVARO BARROS 328
VIEDMA (Rio Negro)
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BALBOA Ruth S/ Amparo (ProFe)" (Expte. N* 39552) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de la Ciudad Judicial de General Roca, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 08 de Julio de 2009.- ... Atento las características procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.- ... Notifíquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias de la demanda ... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Se adjuntan copias de la demanda ------------------------------------------------------
La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, 25 de septiembre de 2009.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA
Sr. GOBERNADOR de la PCIA. RIO NEGRO
LAPRIDA 212
VIEDMA (Rio Negro)
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BALBOA Ruth S/ Amparo (ProFe)" (Expte. N* 39552) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de la Ciudad Judicial de General Roca, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "General Roca, 08 de Julio de 2009.- ... Atento las características procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.- ... Notifíquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias de la demanda ... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Se adjuntan copias de la demanda ------------------------------------------------------
La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, 25 de septiembre de 2009.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro