Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0068/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-24

Carátula: MIGUEL GABRIEL ARGENTINO S/ QUIEBRA

Descripción: regula honorarios

EXPTE. Nº 0068/2009

CARATULA: MIGUEL GABRIEL ARGENTINO S/ QUIEBRA

Viedma, septiembre de 2.009.-

1) Atento el estado de autos, teniendo en cuenta las tareas realizadas y en virtud de lo dispuesto en el art. 271 L.C.Q., en los arts. 32 y 43 de la Ley G 2212, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Néstor Larroulet en la suma de $ 810 (9 jus) y los de los Dres. Silvio Javier Sagarna y Gastón Lauriente, en conjunto, en la suma de $ 540 (6 jus). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

2) Con respecto al pedido de levantamiento de las medidas cautelares solicitado a fs. 47, deberá estarse a lo dispuesto en la resolución de fs. 38/39.-

3) Sin perjuicio de ello y a los fines de viabilizar la liberación de fondos peticionada a fs. 41 deberá cumplirse con la ley 869, acompañar nuevo saldo bancario y teniendo en cuenta que los honorarios en cuestión han sido regulados en forma conjunta con el Dr. Gustavo Larroulet, hágase saber que deberá denunciarse el número de expediente donde tramita la sucesión y en su caso el Juzgado interviniente.-

4) De conformidad al estado de las actuaciones, déjase sin efecto la designación de la sra. Claudia Gabriela Agoni como Síndica. Notifíquese y comuníquese a la Cámara de Apelaciones de Viedma a los fines que estime corresponder. Ofíciese.-

Rosana Calvetti

Juez

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