Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0751/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-24

Carátula: GARCIA JUAN C/ MILLANAHUEL DARIO JAVIER S/ EJECUTIVO

Descripción: PROVIDENCIA INICIAL

EXPTE. Nº 0751/2009

CARATULA: GARCIA JUAN C/ MILLANAHUEL DARIO JAVIER S/ EJECUTIVO

Viedma, septiembre de 2.009.-

Por presentado, parte y por constituído el domicilio.-

Atento la naturaleza ejecutiva de la acción, imprímase a las actuaciones el trámite correspondiente a los juicios ejecutivos (arts. 520 y sgts. Código Procesal).-

Agréguese la documentación acompañada y resérvese la original en Secretaría .-

Hágase saber que la reposición de aportes y sellados faltantes por Impuesto de Justicia: $ 1,50, se ordena con cargo de rendición de cuentas por parte del letrado interviniente oblando en la etapa procesal oportuna los importes liquidados "ut supra" en tales conceptos en el correspondiente formulario de declaración jurada de apertura a juicios con el sello de intervención de la entidad bancaria y acompañarlo a autos, todo ello bajo apercibimientos de ley y de conformidad a lo dispuesto por Acordada 10/03 STJ Anexo 1, art. 6, Acordada 50/03 STJ art. 10, Ley 2716 arts. 13, 15 y 18 2° párrafo y art. 158 Ley 2430).-

Previo a todo, deberá traer a autos copia del pagaré para agregar al expediente y para traslado.-

Asimismo, en virtud de la diferencia de nombre del actor conforme surge del documento base de la presente acción y el escrito de demanda, aclárese tal circunstancia.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

NOTA: De haberse procedido a la reserva ordenada precedentemente bajo registro G-22/09. Conste.-

Secretaría, septiembre de 2009.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro