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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38177
Fecha: 2009-09-23
Carátula: MAGRANE Luis Antonio c/POLLIO Noemi Luisa S/ Ejecutivo
Descripción: regulacioncomplemetarios
General Roca, 23 de septiembre de 2009.-s
Al sólo efecto regulatorio, apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada a fs. 318 por la suma de $ 5.521,39 en concepto de intereses al 12.11.2007.-
Regulo los honorarios complementarios del Dr. Rodolfo Guillermo Vesciglio en la suma de $ 663.(M.B. $ 5.521,39 . Se deja constancia que el M.B. es el interés del capital-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro