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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0645/2006
Fecha: 2009-09-22
Carátula: OROÑO NESTOR ALBERTO Y LINARES ANA MARIA S/ DIVORCIO VINCULAR S/ EJECUCION DE ALIMENTOS
Descripción: COBRO X BCO CUALQUIER MONTO (OFICIO) imprimir en form. 2009
OFICIO JUDICIAL
Viedma, septiembre de 2009.-
Al Sr. Gerente
Banco Patagonia S.A.
OFICIO N° __________/09.-
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados: "OROÑO NESTOR ALBERTO Y LINARES ANA MARIA S/ DIVORCIO VINCULAR S/ EJECUCION DE ALIMENTOS" (Expte. Nº 0645/2006), los que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo interinamente de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaria única, a fin de comunicarle que deberá entregar a la sra. Ana María Linares (D.N.I. nº 14.436.833) a su sóla presentación y de los fondos que ingresen en la cuenta de autos nº 122019671 y hasta cubrir la suma de $ 13.823,98 en concepto de liquidación aprobada por diferencias de cuotas alimentarias adeudadas, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-
El auto que ordena el presente en su parte pertinente dice: "Viedma, septiembre de 2009.-...Atento lo peticionado y constancias de la causa, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que deberá entregar a la sra. Ana María Linares (D.N.I. nº 14.436.833) a su sóla presentación y de los fondos que ingresen en la cuenta de autos nº 122019671 y hasta cubrir la suma de $ 13.823,98 en concepto de liquidación aprobada por diferencias de cuotas alimentarias adeudadas, descontado que fuera los montos liberados a fs. 37, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.". Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez.-
Saludo a Ud. atentamente.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro