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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39227
Fecha: 2009-09-21
Carátula: LA REGINENSE Coop. Vitivinicola Fruticola y Hortic. c/O.S.O.E.F.R.yN. S/ Ordinario
Descripción: se fija anticipo para gastos.-
//neral Roca, 21 de Setiembre de 2009.-
Al punto I, fíjase la suma de $ 300 en concepto de anticipo para gastos la que deberá ser depositada dentro del plazo de CINCO DIAS todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 463 del CPC.-NOT.-
Al punto II, suspéndase el plazo de presentación del dictamen pericial hasta tanto se encuentra a disposición del perito el anticipo para gastos fijados precedentemente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro