Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1026/98/5

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-18

Carátula: MORENO BIBIANA ALEJANDRA C/ LAMBRECHT ARIEL EMILIO S/ ALIMENTOS

Descripción: llama autos

EXPTE. N° 1026/98/5

CARATULA: MORENO BIBIANA ALEJANDRA C/ LAMBRECHT ARIEL EMILIO S/ ALIMENTOS

Viedma, septiembre de 2009.-

Por recibido. Agréguese la media carátula a sus antecedentes.-

Al escrito de fs. 178:

Atento el estado y constancias de autos, a la sustitución de embargo no ha lugar.-

Sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta lo expuesto y las constancias de los presentes obrados, hágase saber al Juzgado en lo Civil y Comecial nº 2 de Bahía Blanca que con la suma embargada, que fuera depositada en autos, se encuentra satisfecho el embargo decretado a fs. 83. A tal fin ofíciese en los términos de la ley 22172.-

Proveyendo a fs. 179:

Por evacuada la vista conferida a la sra. Defensora de Menores e Incapaces. Tiénese presente.-

Atento el estado de los presentes obrados, llámase autos para resolver.-

Rosana Calvetti

Juez

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