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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38956
Fecha: 2009-09-18
Carátula: POLICH Enrique A. en: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. c/AMARO Elias Ale s/Ej. S/ Tercería Mejor Derecho
Descripción: Clausura
//neral Roca, 18 de septiembre de 2009.-
Procédase a agregar por cuerda el Expte. 37.325.-
Asimismo grábense los DVDs con las audiencias de prueba realizadas.-
Certifique la Actuaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sra. Juez:
CERTIFICO que, teniendo a la vista los autos "POLICH Enrique A. en: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. c/AMARO Elias Ale s/Ej. S/ Tercería Mejor Derecho" (Exp. Nro. 38956), el término probatorio se encuentra vencido habiéndose producido la siguiente prueba ofrecida por el Tercerista, DOCUMENTAL (fs. 2/3), TESTIMONIALES (fs. 60) de GUSTAVO ARNALDO, CARLOS JEDREJCIC y ALBERTO FORMIGA; INSTRUMENTAL
Expte. 37.325 y Expte. 517-I-97 -ambos agregados por cuerda- INFORMATIVA al Registro de la Propiedad Automotor (fs. 42/3) y a Sancor Seguros (fs. 37). Por RIO NEGRO FIDUCIARIA SA se produjo la siguiente, INSTRUMENTAL, Expte. 37.325 -agregado por cuerda- e INFORMATIVA al Registro Propiedad Automotor (fs. 51/4). NO RESTA ninguna prueba para producir.-
Secretaría, 18 de septiembre de 2009.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 18 de septiembre de 2009.-
Atento la certificación que antecede, clausúrase el término probatorio. Not.-
Firme la presente, pónganse los autos en Secretaría para que las partes presenten los correspondientes alegatos.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Nota: En la fecha se depositan en caja fuerte (2) DVD's idénticos con la grabación de la audiencias de prueba realizadas y se hace saber a la parte ACTORA (Estudio Parra Segura) que se encuentra a su disposición su copia en DVD, para su retiro . Conste.-
Secretaría, 18 de septiembre de 2009.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro