Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0253/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-16

Carátula: AMOROSINO RODOLFO JORGE C/ STRHAL OSCAR S/ ORDINARIO

Descripción: OFICIO CAMARA REMOCION

PODER JUDICIAL

RIO NEGRO

Viedma, septiembre de 2.009.-

OFICIO Nº _____/09

Al Señor Presidente

de la Cámara de Apelaciones en lo Civil

Dr. Juan Pablo Videla

SU DESPACHO.-

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: "AMOROSINO RODOLFO JORGE C/ STRHAL OSCAR S/ ORDINARIO" (Expte. n° 0253/2008), que tramitan ante el Juzgado Civil Nº 3 a mi cargo, Secretaría Unica, a efectos de comunicarle, que conforme lo dispuesto en el art. 470 del C.Pr., el perito Ingeniero Agrónomo Nelson Gustavo Vega ha sido ha sido recusado por una de las partes, habiendo el mismo formulado excusación por la misma causal.-

Se adjuntan fotocopias certificadas de las piezas pertinentes.-

Dios guarde a Ud.-

Rosana Calvetti

Juez

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