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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0123/85/5
Fecha: 2005-10-27
Carátula: ALVARO JORGE OMAR S/ INSANIA
Descripción: RECIBIDO EXPTE - PROVIDENCIA
EXPTE. Nº 0123/85/5
CARATULA:ALVARO JORGE OMAR S/ INSANIA
Viedma, octubre de 2005.-
Por recibido el expediente principal, agréguese la media carátula formada.-
Proveyendo a fs. 44:
Por presentada, parte en carácter de gestor procesal y domiciliada. Hágase saber a la profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo previsto por el art. 48 del C.Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Hágase saber que las actuaciones se encuentran a su disposición.-
Asimismo, cúmplase con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro