Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38936

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-15

Carátula: LANCIOTTI Hugo c/BANCO PCIA. NEUQUEN S/ Ordinario

Descripción: providencia

General Roca, 15 de septiembre de 2009.-s

Tengase por contestado el traslado conferido y presente el allanamiento formulado.-

Atento las constancias de autos, y los terminos del allanamiento formulado por la actora, dejese sin efecto el apercibimiento dispuesto a fs. 155.-

Intímese a la demandada a cumplir la citación del tercero, Jose Julio Salazar ordenada a fs. 119 en el termino de DIEZ días, bajo apercibimiento de tenerla por desistida de su citación.- Not.-

Modifícase el término de citación en razón del domicilio del citado en Godoy Cruz Provincia de Mendoza, por lo que se modifica el plazo de fs. 119 el que será por VEINTICINCO días.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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