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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0669/2006CPA
Fecha: 2009-09-14
Carátula: MILLER HORACIO RAUL Y OTRA C/ SCHACHTEL JUAN CARLOS Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: no ha lugar neg. debe estar art. 389 del C.Pr.
EXPTE. Nº 0669/2006CPA
CARATULA: MILLER HORACIO RAUL Y OTRA C/ SCHACHTEL JUAN CARLOS Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, septiembre de 2.009.-
Teniendo en cuenta que la prueba en cuestión ha sido ordenada a fs. 1, como documental en poder de la demandada y bajo el apercibimiento de lo dispuesto en el art. 389 del C.Pr., a lo peticionado no ha lugar, debiéndose estar a lo establecido en la citada norma legal.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro