Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0690/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-14

Carátula: GALIANO MIGUEL FLORENTINO C/ CALA STELLA MARIS S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO - debe practicar liquid

EXPTE. No.: 0690/2007

CARATULA:GALIANO MIGUEL FLORENTINO C/ CALA STELLA MARIS S/ EJECUTIVO

Viedma, septiembre de 2009.-

Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-

Tiénese presente los pagos denunciados por capital y por honorarios.-

Previo a lo regulación de honorarios se deberá practicar la liquidación ordenado en la resolución de fs. 6. A cuyo fin, líbrese oficio al Banco de la Nación Argentina para que informe la cotización oficial actual del dólar estadounidense.-

Conforme lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada Sra. STELLA MARIS CALA como empleada del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 2.149 en concepto de capital reclamado, descontados que fueran los pagos denunciados, con más la suma de $ 750 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-sucursal Viedma-.-

a.p.

Rosana Calvetti

Juez

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